Convocatoria
para la expedición de las certificaciones I3 del personal docente
e investigador.
El artículo 19 uno.3.I) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, señala una
tasa de reposición del 100 por ciento para las «Plazas de los
Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares
de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad
regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de
administración y servicios de las Universidades, siempre que por
parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se
autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación
de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta
al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria
establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás
límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Dentro del límite de la tasa de reposición
correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de
Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados
doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad
estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del
total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella
categoría para la que esté acreditado, de personal investigador
doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya
obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen
todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán
ofertar a otros investigadores de programas de excelencia,
nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado
I3.». El
personal investigador de las Universidades podrá presentar su
solicitud de certificación I3 ante la Agencia Estatal de
Investigación, desde el día siguiente a
la publicación de esta resolución en el «BOE» y hasta el 31 de
diciembre de 2019.
29 de enero de 2019
|